Algunos tópicos básicos de Educación ambiental.
1.ESTUDIOS DE IMPACTO AMBIENTAL.
El Estudio de Impacto Ambiental debe presentar como documento independiente un resumen ejecutivo del mismo, el cual incluye una síntesis del proyecto propuesto, las características relevantes del área de influencia, las obras y acciones básicas de la construcción y operación, el método de evaluación ambiental seleccionado, la jerarquización y cuantificación de los impactos ambientales significativos, la zonificación ambiental y de manejo, los criterios tenidos en cuenta para el análisis de alternativas y de tecnologías para los componentes del proyecto; presentar el resumen del plan de manejo ambiental y de las necesidades de aprovechamiento de recursos con sus características principales. Adicionalmente, especificar el costo total del proyecto y del PMA y sus respectivos cronogramas de ejecución.
2. CARACTERIZACIÓN LÍNEA BASE:
Son estudios Previos en el que se señalan las orientaciones metodológicas para la caracterización de los medios abiótico, biótico y socioeconómico, que permitirán determinar las condiciones ambientales iniciales del área donde se desarrollará el proyecto.
Dicha caracterización debe aportar información cualitativa y cuantitativa (especialmente a través de un sistema de indicadores ambientales con sus respectivas metodologías de manera tal que se pueda compararse en las diferentes etapas del proyecto y permita conocer las variaciones del medio ambiente debido al desarrollo del mismo.
3. ZONIFICACION:
La zonificación y delimitación de las áreas de trabajo o de intervención por parte de una obra o actividad, es una medida de manejo ambiental efectiva en la prevención de accidentes, en la mitigación o reducción de los efectos negativos de una determinada acción nociva para el medio ambiente y también ayuda a puntualizar las áreas afectadas y con ello facilita su control.
La zonificación ambiental permite hacer una clasificación del área a intervenir, de acuerdo con su naturaleza, estado de conservación, características ecológicas y sociales. Esta zonificación define y delimita Áreas de protección, en las que prohíbe realizar cualquier tipo de actividad diferente a la de proteger o conservar el ecosistema; Áreas de intervención, en las que se puede desarrollar diferentes actividades y Áreas de intervención con restricción.
4. MITIGACIÓN AMBIENTAL.
El Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y Compensación Ambiental de un proyecto o actividad deberá contener, cuando proceda, uno o más de los siguientes planes:
a) Plan de Medidas de Mitigación Ambiental
b) Plan de Medidas de Reparación y/o Restauración Ambiental
c) Plan de Medidas de Compensación Ambiental
Las medidas de mitigación ambiental tienen por objeto evitar o disminuir los efectos adversos del proyecto o actividad, cualquiera sea su fase de ejecución. Se enunciarán en un Plan de Medidas de Mitigación que deberá considerar, a lo menos, una de las siguientes medidas:
a) Las que impidan o eviten completamente el efecto adverso significativo, mediante la no ejecución de una obra o acción, o de alguna de sus partes.
b) Las que minimizan o disminuyen el efecto adverso significativo, mediante una adecuada limitación o reducción de la magnitud o duración de la obra o acción, o de alguna de sus partes, o a través de la implementación de medidas específicas.
Las medidas de reparación y/o restauración tienen por finalidad reponer uno o más de los componentes o elementos del medio ambiente a una calidad similar a la que tenían con anterioridad al daño causado o, en caso de no ser ello posible, restablecer sus propiedades básicas. Dichas medidas se expresarán en un Plan de Medidas de Reparación y/o Restauración.
Las medidas de compensación ambiental tienen por finalidad producir o generar un efecto positivo alternativo y equivalente a un efecto adverso identificado. Dichas medidas se expresarán en un Plan de Medidas de Compensación, el que incluirá el reemplazo o sustitución de los recursos naturales o elementos del medio ambiente afectados, por otros de similares características, clase, naturaleza y calidad.
Las medidas de reparación y compensación ambiental sólo se llevarán a cabo en las áreas o lugares en que los efectos adversos significativos que resulten de la ejecución o modificación del proyecto o actividad, se presenten o generen.
Si de la predicción y evaluación del impacto ambiental del proyecto o actividad se deducen eventuales situaciones de riesgo al medio ambiente, el titular del proyecto o actividad deberá proponer medidas de prevención de riesgos y de control de accidentes. Las medidas de prevención de riesgos tienen por finalidad evitar que aparezcan efectos desfavorables en la población o en el medio ambiente. Las medidas de control de accidentes tienen por finalidad permitir la intervención eficaz en los sucesos que alteren el desarrollo normal de un proyecto o actividad, en tanto puedan causar daños a la vida, a la salud humana o al medio ambiente.
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